lunes, 4 de diciembre de 2017

PRUEBA ESPECIAL

LA PRUEBA ESPECIAL SE REALIZARÁ EL JUEVES 7 A LAS 9 HORAS

Para los alumnos que deben hacer la prueba les dejo los temas.

CARACTERÍSTICAS DE LA CONQUISTA ESPAÑOLA EN AMÉRICA.
Motivos de la conquista. ¿Quiénes habitaban América? ¿Cómo fue posible el triunfo español? Consecuencias para la población indígena.

COLONIZACIÓN DE AMÉRICA
Zonas de colonización de las distintas potencias.
Esclavitud de origen africana en América.
Colonización española: Sociedad colonial (especialmente la situación indígena). organización política de las colonias. Estructura económica (exportaciones, monoproducción, monopolio comercial)

LA ERA DE LAS REVOLUCIONES
Debes repasar el Antiguo Régimen: sociedad estamental (o tres órdenes), Monarquía Absoluta, crecimiento de la burguesía.
Definición y características (¿cuándo? ¿dónde? ¿A qué se oponían? ¿Qué proponían? ¿Quiénes las lideraban?)
Revolución Inglesa (especialmente 1688: comparar la monaquía absoluta y la limitada, sufragio censitario)

NUEVAS IDEAS.
Propuestas de Locke, Voltaire, Montesquieu .
La actualidad de algunas de estas propuestas.
Adam Smith: papel del Estado y Ley de libre competencia

REVOLUCIÓN EN EL RÍO DE LA PLATA
Concepto de Virreinato.
Movimiento Juntista.
Proyecto del artiguismo:  Instrucciones del Año XIII

PROGRAMA 2017


     

Te aconsejo:
     *  no leer repetidamente el cuaderno intentando sólo memorizar.
     * hacer un plan de días y temas a estudiar.
     * ir preparando por temas: el objetivo es COMPRENDER y no sólo memorizar. Para eso ayudate de mapas, imágenes y ejercicios.
     * concurrir a las clases de apoyo con los materiales estudiados para aprovecharlas más

                             



UNIDAD 1


LAS CIVILIZACIONES DEL MEDITERRÁNEO EN LA EDAD MEDIA


a-       Ubicación temporal y espacial de las civilizaciones


b-       El mundo musulmán. Origen y expansión del Islam. Características de la religión


c-       El occidente cristiano. La sociedad feudal. El vasallaje. El feudo como unidad socio-económica y política. La sociedad de los Tres Órdenes.
   La ciudad Medieval. El renacimiento urbano del siglo XIII. Las catedrales góticas. Nacimiento de la burguesía: comerciantes, corporaciones de artesanos y prestamistas.


                                               
      EL MUNDO MODERNO. SIGLOS XV AL XVII


UNIDAD 2
LA EUROPA DELRENACIMIENTO


a-       Permanencias y cambios en la Europa Occidental.


b-       Renacimiento y humanismo


c-       Monarquías Absolutas


d-       El capitalismo comercial. El mercantilismo.


e-        Los viajes interoceánicos. España y Portugal. Móviles, rutas. Los imperios coloniales.


UNIDAD 3


CONQUISTA Y COLONIZACION DE AMERICA


a-       América en el siglo XV: presentación de las distintas culturas indígenas.


b-       La conquista española. Características, zonas. El conquistador español: motivos de su triunfo. Discusión sobre el alcance de los términos descubrimiento, invasión, genocidio. Impacto de la conquista en la población indígena.


c-       Las colonizaciones. Las distintas potencias y las zonas de colonización.


d-       La colonización española. Aspectos políticos. La economía colonial. Minería. Agricultura tropical. La aplicación de los principios mercantilistas. La sociedad: la tutela indígena. La esclavitud de origen africana. Los sectores dominantes. La formación de la cultura mestiza. El sincretismo religioso.

  UNIDAD 4
CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN Y LA DOBLE REVOLUCIÓN



a-       Crisis y cuestionamiento del Antiguo Régimen: la Era de las Revoluciones.


b-       La Revolución Inglesa. Diferencia entre Monarquía Absoluta y limitada. Sufragio Censitario.


c-       Las Nuevas Ideas políticas. Características comunes. Algunas de las propuestas: Locke, Montesquieu, Voltaire, Rousseau. Se buscará la influencia de estos autores en nuestra organización política.
n    Nuevas Ideas económicas: Liberalismo económico


UNIDAD 5
REVOLUCIÓN EN EL RÍO DE LA PLATA
-   El movimiento Juntista
-   El Artiguismo:  las Instrucciones del Año XIII. 


   

viernes, 24 de noviembre de 2017

INSTRUCCIONES DEL AÑO XIII

   La Revolución Oriental tuvo algunas características que llevaron al distanciamiento del liderazgo de Buenos Aires.
    En abril de 1813 se reúnen los delegados orientales y redactan este documento para llevar a un congreso de todas las provincias:

"Primeramente pedirá la declaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España y familia de los Borbones y que toda conexión política entre ellas y el Estado de la España, es y debe ser totalmente disuelta."


"Art. 2 - No admitirá otro sistema que el de Confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro Estado."


"Art. 3 - Promoverá la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable."


"Art. 4 - Como el objeto y fin del Gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los Pueblos, cada Provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación."

"Art. 5 - Así este como aquel se dividirán en poder legislativo, ejecutivo y judicial."


"Art. 6 - Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí y serán independientes en sus facultades."


"Art. 7 - El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado. El resto es peculiar al gobierno de cada Provincia."


"Art. 8 - El territorio que ocupan estos Pueblos de la costa oriental del Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa, forma una sola Provincia, dominante: LA PROVINCIA ORIENTAL."


"Art. 9 - Que los siete pueblos de Misiones, los de Batovi, San Rafael y Tacuarembó, que hoy ocupan injustamente los portugueses y a su tiempo deben reclamarse, serán en todo tiempo territorio de esta Provincia."


"Art. 10 - Que esta Provincia por la presente entra separadamente en una firme liga de amistad con cada una de las otras, para su defensa común, seguridad de su libertad y para su mutua y general felicidad, obligándose a asistir a cada una de las otras contra toda violencia o ataques hechos sobre ellas, o sobre algunas de ellas, por motivo de religión, soberanía, tráfico o algún otro pretexto cualquiera que sea."


"Art. 11 - Que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la Confederación a las Provincias Unidas juntas en Congreso."



"Art. 12 - Que el puerto de Maldonado sea libre para todos los buques que concurran a la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la correspondiente aduana en aquel pueblo; pidiendo al efecto se oficie al comandante de las fuerzas de S.M.B. sobre la apertura de aquel puerto para que proteja la navegación o comercio de su nación."


"Art. 13 - Que el puerto de la Colonia sea igualmente habilitado en los términos prescriptos en el artículo anterior."


"Art. 14 - Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una provincia a otra; ni que ninguna preferencia se dé por cualquiera regulación de comercio o renta, a los puertos de una provincia sobre los de otra; ni los barcos destinados de esta provincia a otra serán obligados a entrar, a anclar o pagar derecho en otra."



"Art. 15 - No permita se haga ley para esta Provincia sobre bienes de extranjeros que mueren intestados, sobre multas y confiscaciones que se aplicaban antes al Rey y sobre territorios de éste, mientras ella no forma su reglamento y determine a qué fondos deben aplicarse, como única al derecho de hacerlo en lo económico de su jurisdicción."


"Art. 16 - Que esta Provincia tendrá su constitución territorial; y que ella tiene el derecho de sancionar la general de las Provincias Unidas que forme la Asamblea Constituyente."



"Art. 17 - Que esta Provincia tiene derecho para levantar los regímientos que necesite, nombrar los oficiales de companía, reglar la milicia de ella para la seguridad de su libertad, por lo que no podrá violarse el derecho de los pueblos para guardar y tener armas."


"Art. 18 - El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los Pueblos."


"Art. 19 - Que precisa e indispensable sea fuera de Buenos Aires donde resida el sitio del Gobierno de las Provincias Unidas."


"Art. 20 - La constitución garantirá a las Provincias Unidas una forma de gobierno republicana y que asegure a cada una de ellas de las violencias domésticas, usurpación de sus derechos, libertad y seguridad de su soberanía, que con la fuerza armada intente alguna de ellas sofocar los principios proclamados. Y así mismo prestaría. toda su atención, honor, fidelidad y religiosidad, a todo cuanto crea, o juzgue, necesario para preservar a esta Provincia las ventajas de la libertad, y mantener un gobierno libre, de piedad, justicia, moderación e industria. Para todo lo cual, etc."


"Delante de Montevideo, 13 de abril de 1813."


EJERCICIOS:

1- Explica qué se dice en cada uno de estos artículos. ¿En las ideas de qué pensador se inspiraron en cada uno?

Art. 3, 4, 5, 6, 18, 20.

2- En el Art. 1 dice...


3- Explica cómo se van a organizar ayudándote de los artículos 2, 7 y 11.

lunes, 20 de noviembre de 2017

REVOLUCIÓN EN EL RÍO DE LA PLATA

    LA REVOLUCIÓN ORIENTAL FORMA PARTE DE UN PROCESO MÁS AMPLIO: LA REVOLUCIÓN HISPANOAMERICANA Y EN EL RÍO DE LA PLATA.

   OBSERVA ESTA PRESENTACIÓN Y ANOTA:
   El movimiento Juntista
   1- ¿Qué ocurría en España?
   2- Anota los acuales países que conformaban el Virreinato del Río de la Plata
   3- ¿Qué fueron las Juntas en América? ¿Quiénes las integraban?
   4- ¿Cómo argumentaban su convocatoria?
   5- ¿Quién lideró el movimiento en la región?
   6-Realiza una lista de los temas que debía resolver este movimiento.
   La Banda Oriental se suma a la Revolución
    Completa:
    Se llamaba Banda Oriental _______________________
    Con el movimiento juntista Montevideo __________
_____________________________________________________.
    La campaña oriental se suma a la revolución en el año _______________. Artigas se conecta con Buenos Aires y asume el liderazgo.
    Montevideo , centro ___________________solicita el apoyo de _________________________ que invade nuestro territorio. La Junta de Buenos Aires decide ______________________ (armisticio) y los orientales __________________________________________________.
 
El proceso revolucionario: realizamos una línea de tiempo


lunes, 13 de noviembre de 2017

Liberalismo económico

LIBERALISMO ECONÓMICO
Lee los textos del sitio. 
Debemos saber:
a- ¿A qué se oponían?
b- ¿Cómo debe funcionar la economía según los liberales?
c- ¿Qué debe hacer el Estado según ellos?


http://www.claseshistoria.com/antiguoregimen/ilustracionliberalismo.htm

LEY DE OFERTA Y DEMANDA

  
   Lee con atención este texto de A. Smith:
  "Cada individuo en particular pone todo su cuidado en buscar el medio más oportuno de emplear con mayor ventaja el capital de que puede disponer. Lo que desde luego se propone es su propio interés, no el de la sociedad en común; pero esos mismos esfuerzos hacia su propia ventaja le inclinan a preferir, sin premeditación suya, el empleo más útil a la sociedad como tal. (...)  sólo piensa en su ganancia propia; pero es conducido como por una mano invisible a promover un fin que nunca tuvo parte en su intención.”

                         Adam Smith. La riqueza de las naciones. 1776.

1- Según A. Smith, ¿qué es lo que buscan las personas en las actividades económicas?

2- ¿Qué resultados tienen las acciones individuales?

3- ¿Será necesaria, según el autor la acción del Estado para el funcionamiento de la economía?





miércoles, 8 de noviembre de 2017

2°3-MONTESQUIEU

Material elaborado por practicante de historia. Pablo Buzzi.


MONTESQUIEU (1689-1755) Y LA SEPARACIÓN DE PODERES.



Charles de Secondat, Barón de la Bréde y de Montesquieu. Retrato de 1754


En 1748, Montesquieu publicaba “El espíritu de las leyes”.
¿Qué ideas planteaba en su obra?
Texto N°1

“Hay en cada Estado tres tipos de poderes: el poder legislativo, el poder ejecutivo (…) y el poder (…) de las cosas que dependen del derecho civil (poder judicial).
Por el primero, el príncipe o magistrado hace las leyes. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadas, establece la seguridad, previene invasiones. Por el tercero, castiga los crímenes y juzga diferencias entre particulares”
Montesquieu, El espíritu de las leyes, 1748.
Extraído de: Pensar la Historia 2° año C.B. editorial Contexto


¿En qué consiste la separación de poderes actualmente en el Uruguay?
Noticias policiales en Uruguay 31/10/17 (Subrayado.com.uy)
Abuela pidió préstamos para el cumple de 15 de su nieta y fue estafada
31 OCT 2017 - 14:14 | 
La Policía detuvo a una mujer que la semana pasada había sido denunciada por haber estafado a los abuelos de una quinceañera, que pagaron por la fiesta de cumpleaños, que finalmente no se realizó.

LA ESTAFA*. Había acordado que por 170.000 pesos se encargaba del salón, la música, la comida y la bebida, además de la fotografía, filmación y centros de mesa, entre otros.

Sin embargo, la mujer ofreció a los abuelos una "promoción" que dejaba el precio en 112 mil pesos si el servicio era abonado en efectivo.
Fue así que la familia decidió sacar un préstamo en el Banco República y pagar el cumpleaños de ese modo.
El problema surgió cuando la encargada del servicio avisó que el dinero para la fiesta ya no lo tenía.
La familia de la quinceañera denunció el caso ante la Policía, donde le comunicaron que sería derivado a la Justicia. En la tarde del lunes la mujer fue detenida por la Policía y  ahora está a disposición judicial.

*Código Penal. Delitos contra la propiedad (…) mediante engaño. Artículo 347: (Estafa): El que con (…) engaños indujere en error a alguna persona, para procurarse a sí mismo o a un tercero, un provecho injusto, en daño de otro, será castigado con seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría.



Texto N° 2
“Cuando en la misma persona (…) el poder legislativo está unido al poder ejecutivo, no hay libertad; porque puede temerse que el propio monarca o el propio senado haga leyes tiránicas para ejecutarlas tiránicamente. Tampoco hay libertad si el poder de juzgar no está separado del poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos será arbitrario, porque el juez será el legislador. Si está unido al poder ejecutivo, el juez podrá tener la fuerza de un opresor”
Montesquieu, El espíritu de las leyes, 1748.
Extraído de: Historia. Mundo, América y Uruguay (siglo XV al XIX) 2. Editorial Santillana


¿Montesquieu era un defensor del gobierno republicano?

Texto N° 3
“No puede haber virtud en una república.  El pueblo quiere cumplir las funciones de los magistrados: ya no los respeta. Desoye las deliberaciones del Senado: pierde el respeto a los senadores y por consiguiente, a los ancianos. Cuando no se respeta a los ancianos, no se respeta a los padres (…) No existirán costumbres, amor al orden ni virtud”
Montesquieu, El espíritu de las leyes, 1748.
Extraído de: Pensar la Historia 2° año C.B. editorial Contexto


domingo, 5 de noviembre de 2017

NUEVAS IDEAS

   LOS PENSADORES QUE INFLUYERON EN LAS REVOLUCIONES


PENSADORES POLÍTICOS (Tomado de Zavala y otros: Pensar la historia 2)
 
   Un precursor: John Locke (1632-1704)

    Este pensador, inglés, sostuvo que el hombre, en el estado de naturaleza, posee derechos naturales y sagrados: el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad. Para preservar estos derechos, especialmente el de propiedad, los hombres crearon, a través de un contrato, el gobierno civil. La misión del gobierno es la de respetar y defender estos derechos. Si el gobierno no cumple con estos fines, el pueblo puede destituirlo y elegir otro en su lugar.
   Para evitar la tiranía y garantizar la libertad de los individuos, el Estado debe tener dos poderes independientes entre sí: el poder legislativo, representante del "pueblo", y el poder ejecutivo ejercido por el rey. El poder supremo es el legislativo: lo esencial es hacer leyes que protejan los derechos naturales del hombre.




   La separación de poderes: Barón de Montesquieu

    Montesquieu consideraba que las leyes creadas por e! hombre (leyes positivas) tenían que estar de acuerdo con las leyes de la naturaleza. Por lo tanto, cada país debía elaborar leyes, y organizar el gobierno de acuerdo a ellas, teniendo en cuenta las condiciones físicas (clima, suelo, etc.) y las condiciones humanas (número de habitantes, costumbres, etc.).
   Al estudiar los distintos regímenes políticos de la Historia, plantea que el sistema político ideal es el de una monarquía limitada basada en la separación de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Estos poderes deben actuar en forma independiente entre sí.
   La separación de poderes era un ataque directo a la monarquía absoluta.

Pensamiento de Montesquieu

En cada estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el legislativo del derecho de las gentes y el (judicial). Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o Senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.
Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del legislativo y ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y libertad de los ciudadanos sería arbitrario por ser uno juez y legislador. Y estando unido al segundo, sería tiránico por cuanto gozaría el juez de la misma fuerza que un agresor.”
Barón de Montesquieu
a-¿Cómo debe organizarse el gobierno?
b-¿Por qué se debe evitar la concentración de poder en una institución?
c-¿A qué forma de gobierno se opone?
d-¿Se aplican estas ideas de Montesquieu? Fundamenta.




   La defensa de las libertades: Voltaire

    Voltaire se caracterizó por ser un agudo crítico de su época, y un defensor de las libertades civiles y de la tolerancia religiosa. Sostiene la libertad de pensamiento y de expresión; la prohibición de las detenciones arbitrarias; la supresión de la tortura y de la pena de muerte; la humanización de los procedimientos judiciales; ser juzgado de acuerdo a la ley y por jueces independientes de otros poderes; adecuación de las penas a los delitos.
   Por sus ¡deas estuvo preso dos veces en la Bastilla.
   Con Voltaire nace un nuevo tipo de filósofo, "comprometido" con su tiempo, un combatiente.


  “ No estoy de acuerdo con una sola palabra de lo que Ud. dice pero defenderé hasta la muerte su derecho a decirlo.”
1- Esta frase se le atribuye a Voltaire. ¿Puedes explicarla?




  Igualdad, soberanía, democracia: Juan Jacobo Rousseau
   Rousseau fue el único filósofo que perteneció a la baja burguesía. Exaltó los sentimientos al igual que la razón.     Negó la teoría del progreso humano y de las ventajas de la propiedad privada, pues era el origen de las desgracias de los hombres.
   Se destacó por sus ideas de igualdad de los hombres, soberanía popular y estado democrático.
   Rousseau consideraba que el hombre, en el estado de naturaleza, era bueno y feliz. Este estado se caracterizaba por una economía de subsistencia, sin propiedad privada, sin esclavitud, sin desigualdad. Cuando surgió la propiedad privada, este estado de cosas desapareció: surgió la sociedad, la desigualdad y la lucha entre los hombres. E! progreso significó el mal para el hombre.
¿Cómo se puede cambiar la sociedad? Rousseau halla la solución a través de la realización de pactos o contratos que los hombres establecen entre si, cediendo todos sus derechos a la comunidad y quedando sometidos a la voluntad general. La ley debe ser la expresión de esta voluntad general. El gobierno es un simple delegado de la soberanía del pueblo.
El pensamiento de Rousseau preparó el camino para las doctrinas democráticas de los siglos XIX y XX, basadas en el principio de igualdad y soberanía popular.


El primero a quien, después de cercar un terreno se le ocurrió decir “Esto es mío”, y halló personas bastante sencillas como para creerle, fue el fundador de la sociedad civil. ¡Cuántos crímenes, guerras, muertes, miserias y horrores habría ahorrado al género humano el que arrancando las estacas hubiera gritado a sus semejantes: “Guardaos de escuchar a ese impostor, estáis perdidos si olvidáis que los frutos son para todos y que la tierra no es de nadie”
Sólo la voluntad general puede dirigir los poderes del Estado, siguiendo los intereses del bien común. La ley es la expresión de la voluntad general...el gobierno no es más que el ministro del pueblo soberano...Luego de que el pueblo está legítimamente constituido en cuerpo soberano, toda jurisdicción de gobierno cesa y la persona del último ciudadano es tan sagrada e inviolable como la del primer magistrado, porque ante el representado desaparece en representante...
Porque la fuerza de las cosas tiende siempre a destruir la igualdad, la fuerza de la legislación debe tender a mantenerla.”
Juan Jacobo Rousseau
a- ¿Cuál es para Rousseau el origen de la desigualdad?
b- ¿Qué sectores sociales se sentirán atacados con el pensamiento de Rousseau? Fundamenta.
c- ¿A qué crees que se refiere con “voluntad general”? ¿Qué es la ley? ¿Para qué sirve?
d- ¿A quiénes se refiere con representante y representado?














Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente. Francia, 1789 (fragmentos)
1.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales no pueden fundarse sino en la utilidad común.
2.- El fin de toda sociedad política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
3.- El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación; ningún cuerpo o individuo puede ejercer autoridad que no emane de ella expresamente.
4. La libertad consiste en hacer todo aquello que no dañe a otro. De ahí que el ejercicio de los derechos naturales del hombre no tenga más límites que los que aseguren a los otros miembros de la sociedad el goce de los mismos derechos. Estos límites no pueden determinarse más que por la ley.
6.- La ley es la expresión de la voluntad general; todos los ciudadanos tienen derecho a concurrir personalmente o por sus representantes a su formación;…
10.- Nadie debe ser molestado por sus opiniones, ni siquiera por las religiosas, con tal que su manifestación no trastorne el orden público establecido por la ley.
12.- La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita de una fuerza pública;…
16.- Toda sociedad en que la garantía de los derechos no está asegurada, ni determinada la separación de poderes, no tiene constitución.
17.- Siendo la propiedad un derecho inviolable, nadie puede ser privado de ella, sino cuando la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exija evidentemente y bajo condición de una justa y previa indemnización.
Tomado de Traversoni, A.: “La Revolución Francesa y el Imperio”
Cuadernos de estudio. Ed. Kapeluz nº 23 Madrid 1979 pag. 28 y 29